Ya llevamos unos días del nuevo año y , después de las fiestas navideñas, autónomos y empresarios tienen que presentar el cierre del año fiscal y contable. El cierre del cuarto trimestre  trae consigo la presentación de modelos de autoliquidación, declaraciones anuales, informativas y, en su caso, censales, que los trabajadores por cuenta propia deben cumplimentar teniendo en cuenta todos los factores que han influido en la facturación de su negocio durante los 12 meses anteriores.

El cierre del ejercicio se realiza antes del 31 de diciembre aunque no es hasta el primer mes del año cuando están obligados a presentarlos mediante sede electrónica de la AEAT. Al ser el último trimestre del año, hacienda extiende el plazo de presentación de las declaraciones, ya que entiende que cerrar la contabilidad del ejercicio 2021, conlleva más tiempo y, por ello extiende el plazo hasta el 31 de Enero del nuevo año.

Por lo general, los modelos a presentar suelen ser los siguientes:

Modelo 303, consiste en el pago fraccionado del IVA, por el que se abona a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas de ventas y el Impuesto de Valor Añadido soportado en facturas de gastos.

Modelo 390 es una declaración tributaria de resumen anual, que contiene las operaciones realizadas a lo largo del año natural, relativas a la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Modelo 111 contiene la declaración trimestral de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF ejercidas a trabajadores, profesionales o empresarios.

Modelo 190 es el resumen anual de las retenciones practicadas en el IRPF a trabajadores vía nómina, a empresarios o profesionales autónomos mediante factura.

Modelo 130 pago fraccionado a cuenta del IRPF para aquellos que se encuentren en estimación directa.

Modelo 131 es el documento con el que presentar la autoliquidación trimestral del pago fraccionado del IRPF de los autónomos si es que tributas en Estimación Objetiva (comúnmente llamado “Módulos”).

Modelo 202 es una declaración tributaria donde se liquida y paga el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades e Impuesto de la Renta de no residentes. Estos pagos fraccionados serán, posteriormente, deducibles de la cuota a pagar del Impuesto de Sociedades.

Modelo 347  es la declaración anual de operaciones con terceras personas que se presenta en febrero de cada año, y permite a Hacienda cruzar datos informados de operaciones económicas entre proveedores y clientes.

Por último, indicar que todos estos modelos, se presentan de forma telemática en la sede electrónica de la AEAT, si bien pueden presentarse a través de varios procedimientos:

  • * Pre-declaración -autoliquidaciones obtenidas en papel impreso del servicio de impresión de la Agencia Tributaria (AEAT).
  •  * Cumplimentando a través de Internet los formularios disponibles en la sede electrónica de la AEAT.
  • * Utilizando los modelos de declaración obtenidos al utilizar programas que contengan un fichero con el mismo formato e iguales características que el de la Administración.
  • La declaración se presenta utilizando los formularios de ayuda. Se podrá obtener un fichero con la declaración que se presentará a través de Internet con la debida acreditación de la Administración.
Obligaciones fiscales Enero 2022

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