El pasado mes de diciembre el gobierno aprobó una rebaja fiscal para todas aquellas personas con rentas inferiores a los 21.000 euros brutos mensuales. Hasta ese momento las personas con rentas entre los 15.000 y 18.000 euros se beneficiaban de una reducción fiscal.

Ahora, con esta reforma, también se beneficiarán las personas que reciban hasta 21.000 euros ya que se eleva la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y el umbral a partir del cual resulta aplicable.

Otro cambio en la normativa fiscal para este año consiste en que las rentas inferiores a 15.000 euros, a partir de ahora, estarán exentas de tributación, tras los cambios introducidos en el reglamento del IRPF.

 En el texto del reglamento se detalla que la ampliación de los umbrales para la aplicación de la reducción hasta los 21.000 euros obliga a ampliar el umbral de rendimientos a los que resulta aplicable el límite de la cuota de retención previsto, que se establece en 35.200 euros

Así, el reglamento del IRPF, en el artículo 85.3, recoge que «cuando el contribuyente obtenga una cuantía total de retribución no superior a 35.200 euros anuales, la cuota de retención tendrá como límite máximo el resultado de aplicar el porcentaje del 43 por ciento a la diferencia positiva entre el importe de la cuantía total de retribución y el que corresponda, según su situación, de los mínimos excluidos de retención previstos».

Esto en la práctica consistirá en que los contribuyentes que cobren menos de 35.200 euros brutos al año verán reducidas sus retenciones de IRPF este año, por lo que cobrarán algo más cada mes en su nómina.

Sin embargo, al no modificarse los tipos y como la rebaja fiscal está dirigida a rentas de hasta 21.000 euros, tendrán que ajustar lo que pagan a la Agencia Tributaria en la declaración de la renta de 2024.

LOS NUEVOS CAMBIOS EN IRPF QUE AFECTARAN A TU NOMINA

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