El pasado 6 de abril comenzó la campaña de la declaración de la renta del ejercicio 2021 que viene con importantes novedades.

¿Cuáles son esas novedades?

Las principales novedades las vamos a diferencias en los siguientes apartados:

1.-Calendario tributario.

Las principales fechas a tener en cuenta son las siguientes:

6 abril 2022: Comienza la campaña Declaración de la renta, pudiéndose presentar por internet.

5 mayo 2022: Comienza la presentación de las declaraciones de la renta por teléfono.

1 junio 2022: Comienza la presentación de las declaraciones presencialmente en las oficinas tributarias.

27 junio 2022: Termina el plazo para presentar la declaración de la renta si el resultado es a ingresar y con domiciliación bancaria.

30 Junio 2022: Finaliza la campaña de la declaración de la renta del ejercicio 2021.

2.-Rendimientos del trabajo.

Una de las modificaciones introducidas es la introducción de un nuevo tramo del 47% para aquellos contribuyentes que tuvieran rentas superiores a los 300.000 euros.

En esta línea, se aprobó también la subida al 24,50% de la retención aplicable a los trabajadores cuyo salario excede los 300.000 euros para determinar la cuota íntegra estatal.

3.-Rendimientos del capital mobiliario.

Se añade un nuevo tramo en los tipos de gravamen del ahorro. Es decir, desde el 1 de enero de 2021 tributará al 13% aquellos ahorros que excedan los 200.000 euros.

4.-Criptomonedas.

 La Agencia Tributaria ha decidido este año incluir en el modelo  un apartado que sirve para identificar los saldos de monedas virtuales  y que hasta ahora debían incluirse en el apartado genérico de demás bienes y derechos de contenido económico.

La casilla 1626, que aparecerá para los contribuyentes bajo el título de «saldos en monedas virtuales» dentro del apartado de «otras ganancias y pérdidas que derivan de la transmisión de elementos patrimoniales». En esta casilla se deberá incluir los movimientos que se hayan realizado con criptomonedas. Si se han obtenido intereses o rendimientos, estos deben figurar en el apartado de Ganancias y Pérdidas. Pero si las criptomonedas no han generado rendimientos no hay que incluirlas en la renta.

5.-Deducciones estatales  más importantes.

Obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas 20%, con un máximo de 5.000€.

Obras cuyo objetivo sea mejorar «el consumo de energía primaria no renovable»    deducciones del 40% con un máximo de 7.500 euros.

Otras de las novedades que incluye esta campaña es que se han reducido las deducciones de los planes de pensiones privados de los 8.000 euros a los 2.000 euros anuales.

Estarán exentas de tributar el IRPF aquellas ayudas excepcionales «por daños profesionales» que los afectados por las erupciones del volcán Cubre Vieja, en La Palma, hubieran recibido.

Novedades Campaña Renta 2022 (Ejerc. 2021)

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